ICA/EGATTT – Falsificación

I- Definición

La “falsificación” es la intención de defraudar, retirar, mutilar, destruir, ocultar o alterar falsamente cualquier elemento del patrimonio documental, lo cual puede considerarse un acto ilegal deliberado o una falsificación de la historia y el patrimonio.

II- Ejemplos de “falsificación del patrimonio”

1- Una persona es culpable de falsificación de registros públicos en primer grado cuando, sabiendo que no tiene la autoridad de quien pueda otorgarla y con intención de defraudar, retira, mutila, destruye, oculta, hace una anotación falsa o altera falsamente cualquier registro u otro instrumento escrito archivado, depositado o que de otra manera constituya un registro de una oficina pública o funcionario público.

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2- Personas que realizan modificaciones a un artefacto o sitio arqueológico, causando daños, transfiriendo objetos o bloques del sitio, iniciando un incendio o escribiendo sobre algún artefacto.

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3- Si un funcionario autorizado restringe el acceso a un objeto incautado, ninguna persona debe manipular, ni intentar manipular, dicho objeto o cualquier cosa que restrinja el acceso al mismo, sin la aprobación del funcionario autorizado.

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4- La Ley de Protección del Patrimonio Cultural de Sindh prohíbe cualquier construcción o reparación salvo que se siga el procedimiento prescrito.

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5- Falsificar nombres en una ciudad es “una falsificación deliberada de la historia y del patrimonio”

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III- Estudios de caso sobre la “falsificación de documentos”

1- Base de datos de jurisprudencia de la UNODC

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2- Examen de la manipulación de la fecha en el indulto de Abraham Lincoln a Patrick Murphy, documento conservado en los Archivos Nacionales de los Estados Unidos (NARA).

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3- Archivos Nacionales: investigación sobre documentos falsificados descubiertos entre registros públicos auténticos.

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4- Falsificación documental analizada a través de un archivo histórico.

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IV- Legislaciones sobre la falsificación del patrimonio

1- Base de datos de legislación de la UNODC

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2- Convenciones internacionales de la UNESCO.

Medidas legales y prácticas contra el tráfico ilícito de bienes culturales – MANUAL UNESCO

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3- PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL, Naciones Unidas, 22 de septiembre de 2016.

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4- Herramienta práctica de asistencia para apoyar la implementación de las Directrices Internacionales para la Prevención del Delito y la Justicia Penal en relación con el tráfico de bienes culturales y otros delitos conexos. NACIONES UNIDAS – Viena, 2016.

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5- Unión Europea.

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6- Ejemplos de legislaciones nacionales.

    • Artículos 175.20 y 175.25, Código Penal – manipulación de registros públicos

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    • Ley de Falsificación de 1913 en Inglaterra

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    • Ley de Falsificación y Falsificación de Moneda de 1981

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    • Código Penal Federal de México

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    • Ley General de Archivos, Artículo 121, México.

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V- Métodos de examen de documentos falsificados

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1- Examen con microscopio estereoscópico (anverso y reverso).

2- Luz transmitida.

3- Fluorescencia visible inducida por ultravioleta.

4- Análisis XRF.

VI- Otros temas relacionados

1- Declaración de la institución (propietaria del elemento falsificado).

2- Instrumentos preventivos para documentos patrimoniales.

3- Medidas de reconstrucción y restauración para recuperar la autenticidad de los elementos falsificados.

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4- Herramientas de protección de registros digitales (Blockchain e IA).

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